En conformidad con lo dispuesto en el Art. 191 del D.F.L. N°4 de 2006 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y los Decretos Nº 11T de 2016, N° 5T de 2018, Nº 20T de 2018 y Nº 744 de 2017, todos del Ministerio de Energía, informa que a contar del 1 de septiembre de 2019, las tarifas máximas que podrán cobrar a sus clientes serán los valores que a continuación se indican: (Texto completo en versión impresa del aviso)
→VERSIÓN IMPRESA TARIFAS SUMINISTRO ELÉCTRICO LUZLINARES
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