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JUZGADO DE LETRAS DE COLINA, en autos sobre interdicción por demencia, ROL V-250-2012, caratulada “CASANOVA RAMÍREZ PILAR DEL CARMEN”, por sentencia de fecha 17 de mayo de 2014 se ha decretado la interdicción definitiva por causal de demencia de doña PILAR VICTORIA CASANOVA GATICA, cédula nacional de identidad Nº 17.338.390-8, domiciliada en Alfonso Vega Reinoso N° 1141, comuna de Colina, quedando privado de la libre administración de sus bienes. Se designa como curadora general y definitivo de sus bienes a doña PILAR DEL CARMEN CASANOVA RAMÍREZ, cédula nacional de identidad Nº 10.033.060-1. Autoriza Gloria Guerra Guerra, jefe de unidad (S).
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(Fecha Publicación: 24-25-26 de septiembre de 2015)
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