A la presentación de folio 42: téngase por evacuado el trámite de la dúplica, estese a lo que se resolverá.
Atendido el mérito del procedimiento y para efectos de evitar futuras nulidades, haciendo uso de la facultad correctora concedida a esta Magistratura por el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, se complementa la resolución de folio 41 en el sentido de tener por evacuada la réplica respecto del demandado Juan Francisco Díaz Rivera en rebeldía. (Texto completo en versión impresa del aviso)
→VERSIÓN IMPRESA EXTRACTO CAUSA ROL C-11397-2022
(Fecha Publicación: 24-25-26 de Julio de 2023)
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