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Fecha de publicación: 10 septiembre, 2019

Aviso Legal publicado en Notificaciones

Juzgado de Letras de Colina, causa Rol C-3800-2019, caratulada “TELLO/ENCINA”

 

Notificación: Ante el Juzgado de Letras de Colina, causa Rol C-3800-2019, sobre indemnización de perjuicios, caratulada “TELLO/ENCINA”, que con fecha 10 de mayo de 2019, don NIBALDO ALEJANDRO TELLO RIVAS, capataz de terreno, domiciliado en Pasaje Madre Selva Villa Portal Andino Nº24, comuna de Colina, ciudad de Santiago, en adelante el “Demandante”, dedujo demanda en contra de don PABLO DAVID ENCINA ACEVEDO, sonidista, con domicilio en Caupolicán 33, Población Las Aguilas, Colina, en adelante el “Demandado”, en consideración a las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:  Que el día 16 de septiembre de 2018, el Demandado no respetó la señalética de tránsito en Avenida Pedro Lira, colisionando vehículo de mi propiedad, generando que la persona que conducía mi vehículo perdiera completamente el control y chocara con un arbol, generando daños graves en mi vehículo.  Los daños en el vehículo ascienden a $3.191.396 pesos por concepto de daño emergente.  A su vez, debido al choque, el vehículo estuvo 17 días inhabilitado para usarse como taxi, uso que habitualmente le da esta parte.   Esto ocasionó al demandante una pérdida de $374.000 pesos por concepto de lucro cesante.  En definitiva, se solicita a SS se condene a don PABLO DAVID ENCINA ACEVEDO a indemnizar estos perjuicios, por la suma total de $3.565.396 pesos más intereses, reajustes y costas, o la suma mayor o menor que SS estime pertinente de acuerdo al mérito de autos.  Que con fecha 4 de junio de 2019, se proveyó a la demanda, lo siguiente: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda en juicio ordinario de menor cuantía. Traslado. Al primer otrosí: Téngase por acompañados, en forma legal; Al segundo, tercer y cuarto otrosí: Téngase presente; En Colina, a veintidós de Septiembre de dos mil dieciséis, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. En Colina, a 4 de junio de 2019, se notificó por estado diario, la resolución precedente.  En Colina, a 26 de agosto de 2019. Como se pide, notifíquese al demandado de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, por aviso publicado por una sola vez en un diario de circulación nacional y diario oficial. Confecciónese extracto redactado por el jefe de Unidad del Tribunal.  En Colina, a 26 de agosto de 2019, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.

 

(Fecha Publicación: 09-10-11 de septiembre de 2019)

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